"En verdad, si lo que queremos es favorecer la gobernabilidad, la mejor forma de hacerlo es calificando la administración de la cosa pública, no retrasándola, no retrogradándola, ni tornándola burocrática por el ridículo juego de ciertos espacios de poder".
Con estas palabras, el jefe de Gabinete, Alberto Fernández defendió el proyecto de reforma de la ley Administrativa Financiera, cuando concurrió al Senado para presentar el balance de su gestión. Al tildar de “ridículo” al juego de "ciertos espacios de poder", el ministro intenta minimizar el verdadero significado de la reforma buscada: la eliminación definitiva de la función de contralor que debería ejercer el Congreso sobre el manejo de los fondos públicos.
De prosperar el proyecto oficialista, el presupuesto público dejará de funcionar como un instrumento de fijación de políticas y de asignación de recursos; la administración presupuestaria será inconsulta y solo podrá conocerse una vez consumada. El gasto público, los ingresos públicos, el equilibrio financiero y el endeudamiento estatal quedarán definitivamente encerrados en la intimidad del gabinete presidencial.
Por esa razón es que a la ambicionada reforma se la sintetiza bajo la denominación “ley de los superpoderes”, metáfora realista que provoca el enojo del gobierno nacional, llegando al extremo de disparar con proyectiles retóricos contra todo aquel que se interponga en su ambición.
“Me dan pena”, es la frase adoptada por el presidente Kirchner para referirse a la mirada crítica de la prensa y al sector del radicalismo que no se subordina al bloque mayoritario del Congreso, y “ridículo” es el calificativo adjudicado al juego de los espacios del poder, según el juicio del ministro Fernández. El tenor discursivo de los máximos funcionarios del Ejecutivo se conjuga con un mismo verbo: despreciar la discusión sobre la cosa pública.
El saldo de la batalla presentada por el oficialismo con el impulso de la reglamentación de los decretos de necesidad y urgencia (DNU) y la ley de los superpoderes, es que ambos proyectos ya obtuvieron la aprobación del Senado y están cada vez más cerca de convertirse en ley. El conjunto de las dos medidas conforman potestades extraordinarias que potencian el secreto arbitrario de los próximos actos de gobierno.
Leyes que afecta el proyecto de los super poderes:
Ley de Administración Financiera (artículo 37): "Quedarán reservadas al Congreso Nacional las decisiones que afecten el monto total del presupuesto y el monto del endeudamiento previsto, así como los cambios que impliquen incremenmtar los gastos corrientes en detrimento de los gastos de capital o de las aplicaciones financieras, y de los que impliquen un cambio en la distribución de las finalidades".
Ley 25917, del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal (artículo 15): "El Poder Ejecutivo nacional, los Poderes Ejecutivos Provinciales y el de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sólo podrán, durante la ejecución presupuestaria, aprobar mayores gastos de otros Poderes del Estado siempre que estuviera asegurado un financiamiento especialmente destinado a su atención. Asimismo, no podrán aprobar modificaciones presupuestarias que impliquen incrementos en los gastos corrientes en detrimento de los gastos de capital o de las aplicaciones financieras".
La Oficina Nacional del Presupuesto, dependiente de la Secretaria de Hacienda del Minisiterio de Economía, tiene un sitio de consulta para el ciudadano sobre el presupuesto de la administración pública nacional (a.p.n.), cuya dirección en la web es http://www.mecon.gov.ar/consulta/index0a.html
¿Será posible el acceso a la información sobre la ejecución de los presupuestos venideros?
VOLVER A LA PÁGINA PRINCIPAL
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario